El Gobierno oficializó una nueva etapa del régimen que permite “importar vehículos electrificados desde fuera del Mercosur con arancel cero”. La decisión, plasmada en el Decreto 44/2026 (Boletín Oficial), apunta a sostener el acceso a este tipo de tecnologías tras la alta demanda registrada durante 2025.
Las novedades para los vehículos electrificados
La norma actualiza y reemplaza aspectos clave del esquema anterior, redefiniendo con mayor precisión qué vehículos quedan alcanzados por el beneficio y bajo qué condiciones. El régimen continúa aplicándose a unidades con motorizaciones alternativas cuyo valor FOB no supere los 16.000 dólares.

Vehículos incluidos y cupos
El nuevo decreto amplía y aclara el universo de modelos beneficiados. Quedan comprendidos los vehículos 100% eléctricos, los híbridos convencionales, los mild-hybrid, los híbridos enchufables y los impulsados por celdas de combustible (FCEV). Todas las unidades deberán cumplir con la Ley de Tránsito y las exigencias técnicas que establezca la autoridad de aplicación.

El Ejecutivo ratificó el cupo anual de 50 mil unidades, que en el 2025 se agotó en poco tiempo. Como novedad, el nuevo esquema permite que los cupos no utilizados en un periodo se trasladen al año siguiente, otorgando mayor flexibilidad en la gestión del régimen.
Cuáles son los que no entran
El decreto también precisa qué vehículos quedan fuera del beneficio. Se excluyen modelos con prestaciones muy limitadas en términos de peso, potencia o autonomía, así cómo determinadas categorías que no cumplen con los estándares técnicos y de seguridad definidos por la normativa.
Con estos ajustes, el Gobierno busca adaptar el régimen a la evolución tecnológica del mercado automotor y ordenar la importación de vehículos electrificados, manteniendo el objetivo de ampliar la oferta a precios más competitivos.



